Inscribir un matrimonio celebrado en Estados Unidos

Matrimonio
Si hubo divorcio en el extranjero, hace falta el exequátur anotado en el certificado del matrimonio anterior.

Un matrimonio celebrado en Estados Unidos es válido, pero no produce efectos civiles en España hasta que se inscribe en el Registro Civil español. Sin esa inscripción no hay libro de familia, no se aplica el régimen económico y el cónyuge no consta a efectos de pensiones ni de nacionalidad.

La inscripción es gratuita y la puede pedir cualquiera de los dos cónyuges, sea de la nacionalidad que sea.

Dónde se inscribe

En la oficina consular de la demarcación donde se celebró el matrimonio. Si los dos cónyuges viven en España, en el Registro Civil de su domicilio.

Qué hay que aportar

La hoja declaratoria de datos firmada y la declaración jurada de estado civil que tenían los dos en el momento de casarse, firmada por ambos. Certificado literal de nacimiento del cónyuge español —o de los dos si ambos lo son—, con menos de un año.

Del cónyuge extranjero, el certificado de nacimiento original; si no es estadounidense, apostillado o legalizado y traducido, salvo que esté en español o en inglés. Y copias de los pasaportes y del permiso de residencia de los dos.

Lo que hay que llevar
  • Hoja declaratoria de datos firmada
  • Declaración jurada de estado civil de los dos cónyuges
  • Certificado literal de nacimiento del cónyuge español, de menos de un año
  • Certificado de nacimiento del cónyuge extranjero
  • Pasaportes y permisos de residencia de ambos
  • Exequátur, si hubo divorcio en el extranjero

El divorcio anterior, que es donde se atasca

Si el cónyuge español se divorció en el extranjero, hace falta el exequátur: el reconocimiento de ese divorcio en España, que debe constar anotado al margen en el certificado del matrimonio anterior. Sin exequátur, la inscripción no sale.

Si hubo un divorcio anterior: El cónyuge español, en el extranjero; El cónyuge español, en España; El cónyuge extranjero

Si el divorcio fue en España, basta el certificado del matrimonio anterior con la nota marginal. Y si quien se divorció es el cónyuge extranjero, hay que aportar la sentencia legalizada o apostillada y traducida.

Casarse ante el cónsul

Los españoles residentes también pueden casarse con arreglo a la ley española. Si uno de los contrayentes reside en la demarcación, la oficina consular tramita el expediente matrimonial y puede delegar la autorización del matrimonio en un juez, alcalde o notario en España.

Ahí se pide la solicitud firmada por los dos, la declaración jurada de estado civil y, según el caso, el certificado del matrimonio anterior con la nota de divorcio, o el certificado de defunción del cónyuge anterior si hay viudedad.

Cómo se manda

Escaneado en un solo PDF al correo de Registro Civil del consulado, con el asunto que indique cada oficina. Practicada la inscripción se entrega un certificado literal de matrimonio, y con él ya se puede pedir el libro de familia.

 Sin exequátur de un divorcio extranjero, la inscripción del nuevo matrimonio no sale. 

Datos verificados el 8 de septiembre de 2026.

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