Visado de trabajo para España: primero la autorización

Visado Trabajo
Primero la autorización de residencia y trabajo, que consigue el empleador en España; después el visado, y hay un mes de plazo.

Con el visado de trabajo por cuenta ajena hay un orden que no se puede alterar: primero la autorización, después el visado. La autorización inicial de residencia y trabajo la consigue el empleador en España; tú solo puedes pedir el visado cuando esa resolución es favorable.

Y hay un plazo estricto: un mes desde que se notifica al empleador. Pasado ese mes, el expediente se cae.

Qué documentos van

Formulario de visado nacional, fotografía, pasaporte con un año de validez y dos páginas en blanco, y el original de la autorización inicial de residencia y trabajo firmada por el empleador.

Más el certificado de antecedentes penales del FBI apostillado, de los países de residencia de los últimos cinco años, y el certificado médico del Reglamento Sanitario Internacional de 2005.

La prueba de residencia en la demarcación es el carné de conducir, y si no eres estadounidense, también tu estatus migratorio: Green Card o visado, salvo el B-1/B-2.

La cita, por correo

Como todos los visados nacionales, se concierta escribiendo a la sección de visados del consulado con nombre completo, teléfono, número de pasaporte, tipo de visado y copias escaneadas del carné de conducir y del pasaporte. En este caso se añade la autorización de residencia en PDF.

El visado de trabajo: primero la autorización: Autorización de trabajo; Cita por correo; Resolución en un mes; TIE y Seguridad Social
Dato Detalle
Orden autorización, luego visado
Plazo para pedirlo 1 mes desde la notificación
Resolución 1 mes
Validez 180 o 365 días

Plazos y validez

El consulado resuelve en un mes desde la presentación. Si la autorización dura menos de seis meses, el visado puede valer hasta 180 días; para autorizaciones más largas, 365 días.

Al llegar a España, el trabajador debe darse de alta en la Seguridad Social y solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero. La afiliación es cosa del empleador, pero el plazo corre igual.

Y las otras vías

Si el puesto es altamente cualificado o vienes trasladado por tu propia empresa, la Ley 14/2013 abre vías más rápidas —trabajador altamente cualificado y traslado intraempresarial— que tramita la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos. Merece la pena preguntar antes de meterse en el régimen general.

 El mes de plazo corre desde que notifican al empleador, no desde que te enteras tú. 

Datos verificados el 8 de septiembre de 2026.

No somos un organismo oficial. consuladosespana.us reúne y verifica la información de los consulados españoles en Estados Unidos, sin vínculo con el Gobierno de España.

Aquí no se piden citas ni se cobra por nada. Comprueba siempre el dato con la oficina que te corresponda.

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